miércoles, 29 de noviembre de 2017

¿Niveles seguros de radón para los trabajadores del sector granitero?


Lo cierto es que la reciente noticia del cluster del Granito parece tranquilizadora, pero no lo es. Dando por bueno que el estudio ha sido realizado utilizando unos procedimientos adecuados, cuando esto es difícil de creer porque eres juez y parte y además no se facilita información de quién ha realizado tal medición y cómo lo ha hecho, lo cierto es que aunque se cumpliera la legislación actual en vigor (se entiende que el cluster se refiere unicamente a las zonas y determinados centros de trabajo de O Porriño, Tui, Guitiriz, Lalín y Oroso), no se facilita información de la metodología, número de mediciones, lugares,..., por lo que poca conclusión se puede sacar de la noticia que han publicado.

Si ya se reconoce que la próxima trasposición de la directiva 2013-59-EURATOM, del Consejo, de 5 de diciembre de 2013  , la cual pasa a formar prte del Ordenamiento jurídico el 8 de febrero de 2017, ya hará que se incumpla desde determinados centros de trabajo la normativa en solo 2 meses en dos tercios de las mediciones realizadas, es decir en el 67% de los casos, no se cumplirá el límite de 300 Bq/m3, realmente son desde el cluster los que hacen preocupante el asunto.

La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, en vigor desde 19 de julio de 2006, (articulando el marco jurídico del acceso a la información ambiental en nuestro país), responde a los compromisos adquiridos con la ratificación del Convenio de Aarhus (1998), permite el libre acceso a la información ambiental, máxime en un estudio cofinanciado por la Xunta, razón por la que debería ampliar el cluster información al respecto, cluster que recibe ayudas de Fondos Europeos, y cuanto menos advertir a los trabajadores de tal circunstancia.

Por tanto, el hecho de que el cluster manifieste que "las características de las instalaciones y a la disposición de las naves. Los establecimientos de elaboración cuentan con amplios espacios de trabajo con alturas que van desde los 5 hasta los 9 metros y amplios portalones de entrada y de salida de material que permiten la renovación de un gran volumen de aire y por tanto la dilución de posibles concentraciones de gas." no son sino la constatación de que el problema es dificilmente solucionable a nivel global y preocupante, por cuanto se trata ya de instalaciones abiertas y ventiladas que aún así contienen radionucleidos que emiten radiaciones ionizantes por encima de los límites que muy en breve serán de aplicación.

¿Podría afirmarse que el trabajo en el sector del granito, a la luz de la noticia publicada por el cluster del granito, aumenta el riesgo de contraer cáncer de pulmón? La respuesta parece indicar que sí

No se debe perder de vista que los trabajadores en la industria del granito se enfrentan a un riesgo laboral por silicosis debido a la presencia de sílice cristalina para lo que se utilizan las medidas precisas desde hace años, en cumplimiento de la normativa en vigor.

Pero por su parte, la radiaciones ionizantes alfa en base a la evidencia científica son las segundas causantes de fallecimientos por cáncer de pulmón. Este hecho de extrema gravedad, sin embargo tiene una fácil solución en los trabajadores expuestos del sector por las características de dicha radiación, al ser esta letal exclusivamente al ser inhalada y depositada en los pulmones, dado que la propia piel de una persona frena los efectos de la radiación: por tanto, se ha de impedir que el aire penetre en los pulmones con los adecuados EPI (equipos de protección individual específicos). Además se hace necesario el seguimiento permanente de los niveles de gas radón en tales centros con dosímetros individuales para los trabajadores.

Es posible que sea cierta la afirmación que se hace desde el cluster de que "Ningún puesto de trabajo del sector presenta riesgos para la salud de los trabajadores", pero el cluster del Granito tendrá que tener presente que en poco más de 2 meses los requisitos serán más exigentes y por tanto habrá de tener en cuenta dicha circunstancia para no poner en riesgo la salud de los trabajadores por encima de los límites reglamentarios de inminente aplicación.

En lo referente al granito extremeño, se ha publicado un artículo este año que dice que no hay riesgo para los trabajadores, sin ahondar más en el asunto: El granito extremeño, libre de riesgo radiológico lo que se ve reforzado con el estudio al respecto publicado Assessment of occupational exposure in a granite quarry and processing factory

Da la sensación de que se hace necesaria mayor transparencia en el sector de granito y por parte de todos, con el firme objetivo de mejorar las medidas preventivas hasta niveles aceptables para los trabajadores.

Un sector tan castigado por la crisis del sector de la construcción, como es el del granito, debe ser pionero en este campo preventivo de cara a poder abordar con solvencia los nuevos requisitos y retos a los que se enfrenta. 

Por descontado no se considera que el granito como material sea un riesgo en si mismo, ni que las construcciones en granito sean radiactivas partiendo de las tasas de fondo que ya existen en el ambiente exterior, y que por supuesto en problema aquí planteado se circunscribe a los retos a los que se enfrenta el sector de la extracción y transformación de granito.

Héctor Rodríguez-Solano Suárez
www.radonspain.com





 





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